miércoles, 6 de mayo de 2009

DOCUMENTO FUNDACIONAL
Peña Celeste de Capital
Club Atlético Temperley


Los socios y simpatizantes del Club Atlético Temperley, residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y adyacencias, se constituyen en la Peña Celeste de Capital del Club Atlético Temperley (desde ahora “Peña Capital”).

Antecedentes históricos
Allá por 1999 varios socios y simpatizantes del Club Atlético Temperley residentes en Capital Federal se organizaban para ir juntos a ver los partidos de fútbol. Entre ellos estaba Hugo White quién tenía la idea de formar una Peña.
Desgraciadamente Hugo White falleció, pero su sueño se cumplió unos años después.
El 13 de Junio de 2008 un grupo de socios y simpatizantes se reunieron por primera vez para comenzar a darle forma a la Peña. Pensaron en la importancia de organizarnos como grupo para intercambiar experiencias, ideas, informaciones y planes para apoyar al club.
Luego de varias reuniones, el 8 de Agosto de 2008 se presentó la Peña realizando una exitosa choriceada en el club con el fin de recaudar fondos para el comedor infantil..
Durante el año se fueron sumando nuevos integrantes a las reuniones o participaban a través de mails. Como cierre de actividades se realizó una Cena de Despedida del Año, actividad de la cual participaron varios integrantes de la Peña y otros socios del club.
En la primera reunión del año, realizada el 13 de Marzo de 2009, se decidió convocar a una Asamblea Constitutiva para el 24 de Abril con el fin de designar autoridades de la Peña y delinear los fines de la misma.

Fundamentos
1- La Peña Capital se constituye como un espacio de encuentro y trabajo de los socios y simpatizantes del Club Atlético Temperley.
2- El requisito único y fundamental para integrar la Peña Capital es ser socio o simpatizante del C.A.T. No se discriminará a ninguna persona por cuestiones de sexo, condición social, raza, religión u opiniones políticas.
3- En el marco del funcionamiento de la Peña Capital no se tratarán asuntos que no tengan que ver con el C.A.T., sus disciplinas deportivas o cuestiones institucionales.
4- En tal espacio de encuentro, la Peña Capital se compromete a mantener reuniones regulares, abiertas y anunciadas, para que todos los socios y simpatizantes residentes en la Ciudad de Buenos Aires y adyacencias se conozcan y fortalezcan los vínculos de pertenencia al club.
5- Además, la Peña Capital se compromete a realizar acciones que contribuyan al engrandecimiento del C.A.T. y a todo aquello que permita el fortalecimiento institucional, en armonía con las autoridades estatutariamente constituidas.
6- La Peña Capital mantendrá una relación informativa y formal con las autoridades del C.A.T., particularmente con la Comisión Directiva y podrá mantener vínculos de comunicación y cooperación con otras agrupaciones de socios y simpatizantes cuyos objetivos sean compatibles con los fundamentos que aquí se establecen.
7- La Peña Capital no participará de reuniones y eventos organizados por agrupaciones internas del C.A.T. que intervengan en las contiendas electorales de la institución. Los miembros de la Peña a título personal podrán hacerlo, sin que ello implique pertenencia o representación de la misma.
8- La Peña Capital tendrá una organización interna resuelta en asamblea, por voto democrático. Ésta será en todo congruente con el espíritu del Estatuto del C.A.T.
9- La Asamblea de la Peña Capital será la autoridad máxima en el esquema organizativo que decida.
10- La Peña Capital formará una Comisión Directiva que ejecutará las decisiones que la asamblea tome y tratará todo otro asunto que ésta le delegue, y esto será comunicado a la Comisión Directiva del C.A.T.
11- La Comisión Directiva de la Peña Capital podrá formar comisiones de trabajo a los fines de optimizar las tareas y fomentar una mayor participación de todos sus miembros.
12- De acuerdo a lo establecido en los ítems anteriores, la Asamblea Constitutiva o, el ente que ésta designe, se compromete a elaborar un padrón de socios de la Peña Capital, que contendrá los datos personales mínimos indispensables que acrediten identidad y pertenencia al C.A.T. (en el caso de los socios). Los socios del C.A.T. serán denominados “socios plenos” de la Peña Capital y los simpatizantes, serán denominados “socios adherentes”.
13- La Asamblea Constitutiva o el ente que ésta establezca determinará el nombre de fantasía de la Peña Capital.
14- La Asamblea Constitutiva o el ente que ésta establezca determinará la fecha de fundación de la Peña Capital.

No hay comentarios: